Emprendimiento

¿Quieres patentar tu startup? Esto es lo que puedes hacer (y lo que no)

¿Quieres patentar tu startup? Esto es lo que puedes hacer (y lo que no)

Seguramente hayas oído que debes patentar todo lo que tenga que ver con tu startup. No tan rápido: léete antes esto.

Cuando estás en el proceso de emprender, hay un elemento que nunca falla: cuando se lo cuentas a un amigo o conocido, hay alguien a quien le apasiona tanto el proyecto que te suelta la famosa frase: “Esto es una idea millonaria, tienes que registrarlo, no vaya a quitártelo alguien”.

No tan deprisa. Si te planteas que tu idea, tu modelo de negocio, tu tecnología o tu startup en general debe ser patentada, has de saber, para empezar, que la cosa no es tan sencilla. Te ofrecemos una guía para saber qué puedes patentar… y qué no.

Patentar una idea y un modelo de negocio

Lo sentimos, pero tu idea no es patentable. Para empezar, plantéate una cosa: o eres el nuevo Leonardo da Vinci o lo más probable es que tu idea no sea inédita: muy difícil será que no la haya pensado alguien antes que tú.

Pero, incluso aunque tu idea sea realmente inédita: tenemos malas noticias: la Oficina Española de Patentes y Marcas (OPEM) lo deja claro: “La Ley de Patentes excluye específicamente del concepto de patentabilidad ‘los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades económico-comerciales’. En la Oficina Española de Patentes no pueden protegerse las ideas de negocio al no tratarse de invenciones de aplicación industrial, es decir, aparatos, mecanismos, instrumentos, productos, etc que se fabriquen en una industria”. Primer punto, pues, descartado: ni tu idea ni tu modelo de negocio pueden ser patentados.

Patentar tecnología: depende

¿Y tu tecnología? Eso sí podrá ser patentado, ¿no? Pues depende. Para empezar te invitamos a que te plantees lo mismo de antes: ¿has sido la primera persona del mundo en pensar en esa tecnología? Lo más probable es que no.

Pero en caso de que sí lo seas, ¿puedes patentarla? Según la OPEM, “se pueden patentar las invenciones nuevas, que impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial”. Además, “la invención debe ser de carácter o naturaleza técnica, es decir, debe constituir la solución a un problema técnico”.

Por otro lado, “una invención podrá ser un producto (sustancia o composición), un aparato (dispositivo o sistema), un procedimiento (método) o un uso (aplicación), siempre que cumpla con los requisitos de patentabilidad”. En otras palabras: quizá (solo quizá) puedas patentar un algoritmo, una fórmula o un tipo de diseño, pero no será tan fácil. Además, ten otro aspecto en cuenta: si lo patentas, abrirás la puerta para que tus competidores conozcan tu fórmula e intenten implementarla, aunque sea con algún que otro truco para no caer en el plagio.

Así pues, te hacemos la recomendación de la que ya hemos hablado alguna vez por aquí: si lo que estás haciendo es realmente bueno, no lo dudes: alguien querrá copiártelo. Por eso, ante la duda entre idea y ejecución, opta siempre por lo segundo: si no puedes evitar que alguien te copie, al menos ejecútalo mejor que nadie.

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